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¿A qué prestaciones de ley tienes derecho en México? ¡Descúbrelo aquí!

Escrito por Relaciones con Egresados | 5/8/2022

Si recién terminaste la carrera y vas a iniciar tu vida profesional, seguro tienes varias dudas sobre cómo funcionan las cosas en ese nuevo esquema. Aquí, por lo pronto, encontrarás información muy relevante sobre las prestaciones de ley a las que tienes derecho.

Se dice que vivimos en la era de la información, una situación impulsada, principalmente, por la revolución digital. Hoy en día, tenemos acceso a cualquier cantidad de datos que necesitemos en nuestro actuar diario, ya sea para resolver asuntos estudiantiles, laborales o de cualquier otro tipo. Podría decirse, incluso, que es tal la cantidad de información que recibimos –voluntaria e involuntariamente– que vivimos con la mente saturada de datos.

Sin embargo, hay temas en específico sobre los que no es tan sencillo encontrar información clara, útil y confiable. Uno de ellos está íntimamente relacionado con el inicio de tu vida laboral: las prestaciones de ley. Pero no te preocupes, aquí explicaremos algunos de los aspectos más importantes sobre este tema, como qué son las prestaciones de ley, qué es una liquidación por despido, qué es un finiquito y algunos otros conceptos que debes conocer una vez que inicias tu trayectoria profesional, independientemente de si optas por emprender o por integrarte a una empresa.

Lo primero que debes saber es que las prestaciones de ley son beneficios independientes al salario que vas a percibir, pues se trata de una serie de incentivos que te ofrece el empleador para apoyar tu bienestar y el de tu familia.

En cuanto firmas un contrato, temporal o indefinido, que establece los derechos y las obligaciones de cada una de las partes –como debe hacer cualquier contrato–, inicias una relación laboral con determinado empleador y entran en vigor las prestaciones de ley.

Por eso, si acudes a una entrevista de trabajo, debes preguntar qué prestaciones de ley ofrecen y tenerlas en cuenta si deseas tomar la decisión más conveniente. Por otro lado, si cuentas con un emprendimiento, debes tener claros los beneficios que otorgarás y saber comunicarlos. Pero… ¿cuáles son estas prestaciones?

Las prestaciones de ley son beneficios independientes al salario que vas percibir.

El panorama nacional

En México, se contemplan de manera obligatoria los siguientes beneficios:

  • Prestaciones obligatorias de ley

Se trata de las prestaciones mínimas de ley que una empresa otorga a sus colaboradores, y son las siguientes:

  • Aguinaldo

Es el pago de 15 días de salario por un año laborado o la parte proporcional correspondiente.

  • Vacaciones

Por año laborado, corresponden seis días de vacaciones, los cuales aumentan según la antigüedad.

  • Prima vacacional

Corresponde al 25% del salario de los días de vacaciones acumulados. 

  • Seguro social

La empresa o empleador debe afiliar al colaborador al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El porcentaje de las cuotas que cubre cada uno las establece la Ley del Seguro Social. Quienes se encuentren inscritos al IMSS tienen derecho a una cobertura que incluye: riesgos de trabajo; guardería y prestaciones sociales; invalidez y vida; gastos médicos pensionados; enfermedad y maternidad.

  • Infonavit

La empresa debe inscribir a sus empleados al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, lo que será de gran ayuda para la construcción de un patrimonio.

  • Afore

La empresa debe registrar a su personal al Sistema de Ahorro para el Retiro a través de una Administradora de Fondo para el Retiro (Afore). Cada dos meses, se pagan las cuotas de retiro, cesantía y vejez.

  • Reparto de utilidades (PTU)

El colaborador recibe el pago de utilidades si la empresa registró utilidades en su ejercicio fiscal anterior a la fecha. El pago se realiza del 1 de abril al 30 de mayo, en el caso de las empresas; y del 1 de mayo al 29 de junio, en el caso de las personas físicas.

  • Día de descanso semanal

Además de los días de descanso obligatorios establecidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cada empleado tiene derecho a un día de descanso por seis días trabajados.

  • Prima dominical

Si el empleado trabaja en su día de descanso, debe recibir un 25% adicional a su salario base por dicha jornada.

  • Prima de antigüedad

Se aplica una vez que termina la relación laboral con la empresa o empleador, y corresponde a 12 días de salario por año trabajado a quienes hayan laborado 15 años o más en la empresa –sin importar la razón por la que terminó la relación laboral–. En caso de despido, la prima de antigüedad debe pagarse aun si no se han cumplido los 15 años.

  • Incapacidad por maternidad

Las mujeres embarazadas tienen derecho a 12 semanas de ausencia con goce de sueldo íntegro: seis semanas antes del parto y seis semanas después. 

  • Licencia por paternidad

Quien tiene o adopta un hijo tiene derecho a ausentarse durante cinco días laborales con salario íntegro.

  • Licencia por adopción

Al adoptar a un infante, la madre tiene derecho a descansar seis semanas con goce de sueldo; el padre, cinco días a partir del día de la adopción.

  • Periodo de lactancia

Por un periodo de seis meses, las madres tienen derecho a dos reposos extraordinarios de 30 minutos o a uno de una hora, al día, para alimentar a su hijo durante su jornada laboral.

  • Finiquito laboral

Si el empleado renuncia de manera voluntaria, o hay rescisión de contrato, tiene derecho a recibir el salario del periodo laborado, la parte proporcional del aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y prima de antigüedad (en caso de aplicar). Además, si la empresa obtuvo utilidades, estas le deberán ser pagadas en el periodo establecido por la ley.

  • Liquidación

En caso de un despido injustificado, el empleado tiene derecho a recibir una indemnización constitucional de tres meses de salario, otra de 20 días de salario por cada año laborado, la parte proporcional del aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y prima de antigüedad (en caso de aplicar). Recibirá utilidades si la empresa las obtuvo y le deberán ser pagadas en el periodo establecido por la ley.

  •  Prestaciones superiores a la ley

Son beneficios adicionales para los colaboradores. Es importante revisar que hayan quedado estipulados en el contrato o en el reglamento interno de la empresa. Entre ellos pueden estar:

  • Seguro de vida.

  • Seguro de gastos médicos mayores.

  • Fondo o caja de ahorro.

  • Vales de despensa.

  • Vales de gasolina.

  • Bono de productividad.

  • Bono de puntualidad.

  • Transporte.

  • Comedor.

  • Guardería.

  • Capacitación.

Recuerda consultar la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social para conocer plazos, condiciones, incapacidades y licencias. En caso de no recibir las prestaciones obligatorias de ley, recurre a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y/o a la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Contar con prestaciones es un derecho que no sólo te da estabilidad laboral, sino que te brinda la oportunidad de planear un mejor futuro y asegurar que estás protegido en casos de emergencia.

FUENTES

1. ¿Conoces tus derechos laborales y prestaciones de ley? - Randstad

2. La Guía Definitiva de las prestaciones de Ley - Fortia